El Tribunal Constitucional (TC) emitió hoy la sentencia TC/0496/25, rechazando definitivamente los recursos presentados por el consorcio Aeropuerto Internacional de Bávaro (AIB) contra dos decisiones previas de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que paralizaban el proyecto
Con esta resolución, el TC valida la Resolución 024/20 del Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC), que declaró el plan aeroportuario como “lesivo al interés público”, y declara nulo el decreto presidencial que autorizó el proyecto sin licitación ni estudios técnicos exhaustivos
Noticias Dominicana (lector de noticias)
La mayoría de los magistrados (10 a 2) coincidió en que no se violaron el debido proceso, la imparcialidad ni el derecho de defensa, y subrayó la necesidad de que las infraestructuras estratégicas, incluidas las aéreas, cumplan también con Ley de Contrataciones Públicas (340-06), Ley de Asociaciones Público-Privadas (47-20) y la Ley de Ordenamiento Territorial (368-22)
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Este fallo consolida el control jurídico del Estado sobre proyectos aeroportuarios y establece parámetros claros: transparencia, igualdad en licitación y competencia técnica, cerrando por completo el camino legal para la construcción del AIB en su forma actual
📌 Puntos clave del fallo del TC:
Aspecto Detalle
Cosa juzgada Se ratifican decisiones previas de SCJ, dejando sin efecto los recursos del AIB
Irregularidades del proyecto Aprobado sin licitación, sin evaluación técnica ni uso de suelo autorizado
Diario Libre
El Nuevo Diario
Marco legal reforzado El fallo exige cumplir leyes 340‑06, 47‑20, 368‑22 y Aviación Civil
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🔍 Conclusión:
Con esta decisión, el TC pone fin jurídico al intento de construir un aeropuerto en Bávaro sin los requisitos legales fundamentales. El mensaje es claro: cualquier nueva iniciativa aeroportuaria deberá seguir un procedimiento legal, transparente y técnico, garantizando la defensa del interés público y el orden institucional.
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*Redacción* @Lm.LaCruz
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