El nuevo Código Penal aprobado por el Congreso Nacional introduce una figura legal que ha generado debate: el delito de ultraje a funcionarios públicos, que sanciona con prisión y multas a quienes, incluso en entornos privados, emitan expresiones consideradas ofensivas hacia un servidor del Estado.
El artículo 310, bajo la sección «Del ultraje», establece que será penalizado todo aquel que, en un contexto no público, utilice palabras, imágenes, escritos, objetos o gestos que atenten contra la dignidad personal o la función de un funcionario o servidor público. Las penas van desde 15 días hasta un año de prisión menor, además de una multa equivalente a dos o tres veces el salario del funcionario afectado.
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